Ley de Protección y Defensa de los Animales de Compañía de la Región de Murcia (Ley 6/2017)
Norma autonómica vigente en Murcia desde 2017 que crea el Registro de Animales de Compañía y refuerza la protección y la tenencia responsable.
La Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de Protección y Defensa de los Animales de Compañía de la Región de Murcia es la norma vigente en la Comunidad Autónoma. Su objetivo es regular la protección, el bienestar y la tenencia de los animales de compañía y promover una conducta cívica frente al maltrato y el abandono.
¿A quién afecta?
Se aplica a propietarios y poseedores de animales de compañía en la Región de Murcia, así como a criadores, tiendas, centros de acogida, refugios, residencias y profesionales del sector.
Obligaciones principales
- Inscripción en el Registro de Animales de Compañía de la Región de Murcia, base de datos con información sobre propietarios, identificación de animales, enfermedades y tratamientos.
- Identificación obligatoria por microchip de perros, gatos y hurones.
- Atención veterinaria, alimentación e higiene adecuadas.
- Prohibición de abandono.
Prohibiciones destacadas
- Maltrato, agresiones físicas y prácticas crueles.
- Peleas de animales y espectáculos que impliquen sufrimiento.
- Sacrificio injustificado en centros de recogida.
Animales abandonados
La ley regula expresamente la captura y recogida de animales abandonados en centros de alojamiento y refugio, así como los procedimientos de adopción y devolución a sus propietarios.
Régimen sancionador
La ley tipifica infracciones leves, graves y muy graves, con sus correspondientes multas económicas y posibles medidas accesorias (decomiso del animal, cierre de instalaciones, inhabilitación para la tenencia, etc.). Las cuantías exactas y la graduación se detallan en el texto consolidado al que enlaza esta ficha.
Relación con la Ley estatal 7/2023
La Ley estatal 7/2023, de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, establece el marco común de mínimos aplicable en toda España. Las normas autonómicas siguen aplicándose en lo que no contradiga a la estatal y en aquellos aspectos en que sean más protectoras o regulen materias no contempladas a nivel nacional. En la práctica, propietarios y profesionales deben cumplir ambos cuerpos normativos.
Documento oficialConsulta el texto consolidado en el BOE.
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Esta ficha es un resumen divulgativo elaborado por Gestoría Canina y no sustituye al texto legal oficial ni constituye asesoramiento jurídico.