Ley de Protección de los Animales de La Rioja (Ley 5/1995)

Norma autonómica de protección animal vigente en La Rioja, modificada por la Ley 2/2000. Regula la tenencia y bienestar de animales domésticos y de compañía en la Comunidad.

La Ley 5/1995, de 22 de marzo, de Protección de los Animales es la norma autonómica vigente en La Rioja. Fue modificada por la Ley 2/2000, de 31 de mayo, que actualizó varios artículos del Título II (animales domésticos) y reordenó el régimen sancionador para mejorar su eficacia.

¿A quién afecta?

Se aplica a propietarios y poseedores de animales en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como a establecimientos y profesionales del sector (cría, venta, residencias, etc.).

Obligaciones principales

Prohibiciones destacadas

Régimen sancionador

La ley tipifica infracciones leves, graves y muy graves, con sus correspondientes multas económicas y posibles medidas accesorias (decomiso del animal, cierre de instalaciones, inhabilitación para la tenencia, etc.). Las cuantías exactas y la graduación se detallan en el texto consolidado al que enlaza esta ficha.

Relación con la Ley estatal 7/2023

La Ley estatal 7/2023, de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, establece el marco común de mínimos aplicable en toda España. Las normas autonómicas siguen aplicándose en lo que no contradiga a la estatal y en aquellos aspectos en que sean más protectoras o regulen materias no contempladas a nivel nacional. En la práctica, propietarios y profesionales deben cumplir ambos cuerpos normativos.

Documento oficial
Consulta el texto consolidado en el BOE.
Ver ley en el BOE →

Esta ficha es un resumen divulgativo elaborado por Gestoría Canina y no sustituye al texto legal oficial ni constituye asesoramiento jurídico.

Cargando ficha…