Ley de Protección de los Animales Domésticos del País Vasco (Ley 9/2022)
Norma vigente en Euskadi desde 2022 que sustituye a la antigua Ley 6/1993. Regula la tenencia responsable de animales domésticos, refuerza el bienestar y endurece el régimen sancionador.
La Ley 9/2022, de 30 de junio, de Protección de los Animales Domésticos es la norma vigente en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Sustituyó a la antigua Ley 6/1993 con efectos del 18 de agosto de 2022 y supone una actualización integral de la protección animal en Euskadi.
¿A quién afecta?
Se aplica a propietarios y poseedores de animales domésticos (perros, gatos y otras especies de compañía) en el territorio del País Vasco, así como a criadores, tiendas, centros de acogida, residencias caninas, adiestradores y cualquier establecimiento o profesional que trabaje con animales.
Obligaciones principales
- Identificación obligatoria de perros, gatos y hurones mediante microchip e inscripción en el registro correspondiente.
- Alimentación, alojamiento y cuidados veterinarios adecuados a la especie, raza y edad del animal.
- Tenencia responsable: educación, socialización y supervisión del animal, especialmente en espacios públicos.
- Prohibición del abandono y obligación de buscar acomodo o entrega a centro autorizado en caso de no poder mantener al animal.
Prohibiciones destacadas
- Maltrato, agresiones físicas y prácticas que causen sufrimiento o angustia.
- Uso de animales en peleas o espectáculos que impliquen crueldad.
- Sacrificio sin causa justificada conforme a la propia ley.
Régimen sancionador
La ley tipifica infracciones leves, graves y muy graves, con sus correspondientes multas económicas y posibles medidas accesorias (decomiso del animal, cierre de instalaciones, inhabilitación para la tenencia, etc.). Las cuantías exactas y la graduación se detallan en el texto consolidado al que enlaza esta ficha.
Relación con la Ley estatal 7/2023
La Ley estatal 7/2023, de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, establece el marco común de mínimos aplicable en toda España. Las normas autonómicas siguen aplicándose en lo que no contradiga a la estatal y en aquellos aspectos en que sean más protectoras o regulen materias no contempladas a nivel nacional. En la práctica, propietarios y profesionales deben cumplir ambos cuerpos normativos.
Documento oficialConsulta el texto consolidado en el BOE.
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Esta ficha es un resumen divulgativo elaborado por Gestoría Canina y no sustituye al texto legal oficial ni constituye asesoramiento jurídico.